jueves, 3 de febrero de 2011

NUEVA LEY ANTI TABACO

            Es una ley que entro en vigor el dia 2 de enero de 2011, la cual prohibe
fumar en cualquier tipo de local cerrado abierto al público, además de algunas excepciones de lugares abiertos públicos como los parques o los colegios.

Las consecuencias varían según la edad, el lugar y la distancia a este:

·                   Fumar en sitios públicos (bares, pubs, cafeterías, centros de estudios, sanitarios y parques, etc.): en mayores de 18 años, el incumplimiento de esta ley conlleva a una multa desde 30€ a 600€. En algunos casos cabe la posibilidad de entrar en prisión. En menores de 18 años las multas son las mismas pero las pagaran los padres. En sitios públicos donde se admita fumar (menos de 100m2) se prohíbe la entrada a menores de edad. Para el dueño del local que incumpla la ley, la multa asciende desde 600€ pudiendo alcanzar la cantidad de 6000€ (solo si el dueño no tiene constancia de ello).
·                   Fumar en vehículos con menores de edad dentro de este conlleva a una multa de 350 € y, si la ocasión se a repetido varias veces, se llevaría a cabo una retirada inmediata de el carné de conducir y de el vehículo hasta la nueva ficha de concesión de carné después de un año.
·                   También hay una multa especial para el dueño de un local. Si el dueño de un local permite la instalación de zonas acondicionadas para fumadores sin su habilitación legal la multa será entre 601 € y 10.000 € al igual que dejar fumar en sitios prohibidos. Algunas multas, dependiendo de la infracción y de la vez que sea, podría llegar el coste de esta multa a los 600.000 €.


QUE HACER:
existen clubs de fumadores que consisten en  una tarjeta de socio, ya sea en un bar, hotel, etc. o en una discoteca. Una persona, menor o mayor de edad, si es fumadora (o no, depende del grupo de amigos y de su elección propia) puede pagar mensualmente de 3€ a 5€ para hacerse un carné de socio en el que se acredita al portador de ese carné que puede entrar en un local que se permita fumar desde unas horas hasta otras (las horas las acredita el Ayuntamiento del municipio) donde se le permite a este fumar. El carné de los menores deberá ser firmado y/o autorizado por los padres de este. Pasadas esas horas, los menores no podrán entrar a las discotecas y tampoco se podrá fumar en ellas.

En mi opinion como fumadora, considero que es un favor para los no fumadores el acatamiento de esta nueva ley pero por lo menos deberian dejar fumar en los locales adaptados para fumadores y no fumadores, ya que aparte de que me convendria hay muchas personas que se an gastado una cierta cantidad en reformar sus locales en separar estas dos areas y han perdido el dinero.

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